Vehículos. Autoliquidar alta nueva
Autoliquidación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en el caso de primeras adquisiciones.Ubicación
Carpeta Tributaria del Ayuntamiento de Úbeda.
Descripción ampliada
Estarán exentos de este impuesto los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola. Para gozar de esta exención, es necesario que sea solicitada previamente, acompañando, además de la documentación del vehículo o vehículos afectos, copia de la Cartilla de Inspección Agrícola.
Caso de ser concedida la exención, surtirá efecto a partir del devengo siguiente a la fecha de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Por lo tanto, la autoliquidación de un alta nueva de este tipo de vehículos no está exenta de pago.
Solicitud de Exención.
IMPORTANTE:
EN AQUELLOS CASOS EN LOS QUE SE DETECTEN QUE LA AUTOLIQUIDACIÓN SE HA EFECTUADO POR UN IMPORTE INFERIOR AL CORRESPONDIENTE SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS QUE TENGA EL VEHÍCULO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO, DESDE EL SERVICIO DE TESORERÍA-GESTIÓN TRIBUTARIA SE EMITIRÁN LAS LIQUIDACIONES POR EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA DIFERENCIA ENTRE EL IMPORTE QUE PROCEDE LIQUIDAR Y EL IMPORTE AUTOLIQUIDADO.
Destinatario
Cualquier ciudadano o empresa que desee autoliquidar el vehículo.
Requisitos
Ficha técnica del vehículo.
Documentación requerida
DNI/CIF del sujeto pasivo y ficha técnica del vehículo.
Legislación
Tipo de tramitación
En línea - No requiere autenticación