Obras Sujetas a Licencia Autoliquidación Tasa Urbanística.
Autoliquidación de la Tasa por liquidaciones urbanísticas, declaración de las edificaciones de la situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación y reconocimiento de edificaciones en suelo no urbanizable.
Los contribuyentes se pueden autoliquidar tanto el ICIO como la Tasa por Liquidaciones urbanísticas en las obras sujetas a Declaración Responsable.
Las bonificaciones deben ser solicitadas a la vez que se presenta la Autoliquidación, debiendo adjuntar a la solicitud de bonificación la documentación que justifique la pertinencia del beneficio fiscal.
No tendrán derecho a la bonificación las solicitadas con posterioridad. En caso de que siendo preceptiva la licencia, esta no fuese solicitada, no se concederá bonificación alguna.
El pago de la tasa se efectuará en régimen de autoliquidación en el momento de solicitar la
licencia.
No se iniciará la tramitación del expediente de concesión de licencia urbanística sin que se haya acreditado previamente el pago de la Tasa.
La no acreditación de dicho pago dará lugar a archivo del expediente.
Legislación
Ordenanza Fiscal nº 8 Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas o declaración responsables y comunicación previa.
Declaración de las edificaciones de la situación de asimilación al régimen de fuera de ordenación y reconocimiento de edificaciones en suelo no urbanizable.
El artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que "los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible".
Asimismo, el artículo 6.2 j) del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre de 2009, por el que se desarrolla parcialmente dicha Ley, establece que las sedes electrónicas indicarán la fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007.
En cumplimiento de ambas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de este organismo.